Comunicación pública

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TARIFAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL REPERTORIO DE OBRAS DE PEQUEÑO DERECHO ADMINISTRADO POR SGAE EN CENTRALITAS TELEFÓNICAS CON LÍNEAS DE ESPERA.

M0400800

1. Este epígrafe faculta a la empresa usuaria para la comunicación pública por hilo, cable, fibra óptica o cualquier otro procedimiento análogo de las obras del repertorio musical administrado por SGAE, a partir de centralitas telefónicas con líneas de espera.

2. La autorización que se concede permite la realización por parte de la empresa usuaria de las siguientes operaciones con las obras del repertorio:

A) En concepto de Comunicación Pública:

Difusión de las obras por el medio o procedimiento mencionado en el número 1.

B) En concepto de Reproducción:

a) Grabación de las obras del repertorio por sus propios medios y para sus propias difusiones.

b) Difusión de las obras del repertorio efectuada a partir de soportes mecánicos, lícitamente producidos, pero no autorizados para la comunicación pública.

3. Este epígrafe no autoriza a la empresa usuaria a realizar ninguna de las siguientes operaciones:

a) La utilización publicitaria de las obras, salvo aquellas respecto de las cuales esta utilización haya sido autorizada expresamente por los autores o sus derechohabientes.

b) La alteración de las obras, que deberán ser utilizadas en la forma en que fueron creadas y dentro del respeto a las buenas normas artísticas y técnicas, y al derecho moral de los autores.

4. Este epígrafe deja a salvo los derechos de los artistas, intérpretes y ejecutantes, de los productores fonográficos y de las entidades de radiodifusión por la utilización de sus respectivas prestaciones.

5. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

5.1. Por los derechos expresados en los apartados A) y B) del número 2 del presente epígrafe, la empresa usuaria satisfará a SGAE la tarifa mensual de 2,72 € por cada tramo de 5 líneas.

5.2. Para las instalaciones con un número superior a 50 líneas, será de aplicación el siguiente criterio de reducción:

Hasta 50 líneas

sin reducción

de 51 a 100 líneas

reducción del 20%

de 101 a 250 líneas

reducción del 25%

más de 250 líneas

reducción del 50%

Estas reducciones son de aplicación dentro de cada tramo. Los tramos son acumulativos.