Comunicación pública

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HOSTALES, PENSIONES, CASAS RURALES Y FONDAS.

 

TARIFA MENSUAL
CATEGORÍAS

 

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HOSTALES, PENSIONES Y CASAS RURALES
Utilización de las obras del repertorio de
SGAE con carácter secundario, por cualquier
procedimiento o medio, efectuada en todo el
ámbito del establecimiento hotelero, excluída
la ejecución humana. [2]
M1300307

5,46 €

6,90 €

12,38 €

 

TARIFA MENSUAL

FONDAS
Utilización de las obras del repertorio de
SGAE con carácter secundario, por cualquier
procedimiento o medio, efectuada en todo el
ámbito del establecimiento hotelero, excluída
la ejecución humana. [2]
M1300308

3,79 €

[1] Esta tarifa será de aplicación a los establecimientos que tengan la clasificación turística oficial de Casa Rural.

[2] La presente tarifa no será de aplicación cuando la utilización de las obras del repertorio SGAE se lleve a cabo solo en los bares, cafés cafeterías o restaurantes de la explotación hotelera, salvo los destinados exclusivamente a los huéspedes del hotel. En tal supuesto, a dichas dependencias, les serán de aplicación las tarifas correspondientes al epígrafe TARIFAS PARA LA UTILIZACION DEL REPERTORIO MUSICAL Y AUDIOVISUAL, COMO AMENIZACION DE CARÁCTER SECUNDARIO E INCIDENTAL EN BARES, CAFETERIAS, TABERNAS, RESTAURANTES Y SIMILARES de las Tarifas Generales SGAE.