Comunicación pública

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RECINTOS E INSTALACIONES DONDE SE CELEBREN PRUEBAS, EXHIBICIONES O COMPETICIONES DEPORTIVAS.

Utilización del repertorio musical, como amenización de carácter secundario e incidental [1], en pruebas exhibiciones o competiciones deportivas.
M0410342

 

TARIFA
POR ACTO

Recintos con capacidad hasta 5.000 espectadores

93,15 €

De 5.001 a 20.000 espectadores

111,80 €

De 20.001 a 50.000 espectadores

130,43 €

De 50.001 en adelante

149,07 €

Utilización del repertorio musical y audiovisual, como amenización de carácter secundario e incidental [1], en pruebas exhibiciones o competiciones deportivas.
M1300342

 

TARIFA
POR ACTO

Recintos con capacidad hasta 5.000 espectadores

124,25 €

De 5.001 a 20.000 espectadores

149,12 €

De 20.001 a 50.000 espectadores

173,96 €

De 50.001 en adelante

198,84 €

Utilización del repertorio musical y audiovisual durante la prueba exhibición o competición deportiva, formando parte de las mismas.

Eventos con taquilla: 4,5% sobre los ingresos de taquilla, previa deducción del IVA, con un mínimo garantizado de 346,93 €.
M1300242

Si Empresa no presentase hoja de taquilla que permita establecer la exacta cuantificación de los derechos de autor, la tarifa correspondiente, se aplicará sobre el resultado de multiplicar el precio más elevado de entrada o acceso al acto por el aforo donde se lleva a cabo el mismo. En su defecto, el aforo se determinará como el resultado de multiplicar por dos el 75% de los metros cuadrados totales del recinto.

Eventos sin taquilla: por cada 1.000 personas o fracción de aforo autorizado 260,20 €.
M1306142

[1] Se entenderá por carácter secundario e incidental todo uso del repertorio que, de cesar, no altere la naturaleza del establecimiento, su actividad o su modo de explotación.